BLOQUE 5/ 2ª CLASE
Durante la clase del 05/05/2021, hemos comenzado resolviendo unos problemas prácticos sobre la protección de datos, los usos de las TIC en los entornos familiares, los diferentes tipos de WEBQUEST, caza del tesoro y el correcto uso de la pizarra digital.
Una vez realizada la lectura del manual informativo en materia de protección de datos para los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat (Anexo I de la citada resolución, apartado 4. Tratamiento de las imágenes de los alumnos y 5.Tratamiento de datos en internet, pp. 10-13), nos hemos distribuidos en los grupos de clase y hemos contestado a una serie de problemas prácticos. Después de unos minutos hemos hecho una puesta en común, de modo que a continuación voy a redactar un resumen tanto de las respuestas de mi equipo como las de toda la clase
1. Ana es tutora de 5o A y, sin solicitar autorización previa a las familias, ha grabado la exposición que sus alumnos han realizado sobre la fotosíntesis. ¿Es correcto lo que ha hecho Ana? ¿Por qué?
Mi equipo hemos pensado que sí, porque la grabación ha sido por parte del personal del centro y para fines académicos y estábamos en lo cierto.
2. Julián es tutor de 1o B y, sin solicitar autorización previa a las familias, ha grabado el desfile del carnaval del colegio para publicarlo en la página web del centro. ¿Es correcto lo que ha hecho Julián? ¿Por qué?
Nosotros hemos pensado que no, porque al no ser una actividad realizada en el centro o para fines académicos, debe solicitar permiso a las familias.
3. Pedro y Luis han acudido a ver el desfile del carnaval de su hija al CEIP Isabel Bellvis y han estado grabando el evento. ¿Es correcto lo que han hecho Pedro y Luis? ¿Por qué?
Pensamos que sí, porque es un acto del ámbito familiar de su uso personal y doméstico y por tanto están excluidas de la aplicación de la normativa de protección de datos.
4. La clase de 2o A ha ido de excursión a una granja escuela y el centro le solicita a la empresa que la gestiona que grabe algunas imágenes de la actividad. ¿Es preciso el consentimiento previo de las familias? ¿Por qué?
Si, si la grabación se realiza por terceros, por ejemplo, por los responsables de la empresa, museo, exposición o club deportivo que se esté visitando, o en el que se desarrolle una actividad deportiva, será obligación de estos terceros disponer del consentimiento de las personas implicadas que habrán podido recabar a través del centro.
5. El equipo directivo del CEIP María Blasco quiere publicar en su página web interna información sobre su profesorado. ¿Qué debe de hacer previamente?
Si la información está restringida al alumnado del centro y a sus familiares o tutores se puede publicar, si bien se debería informar a los docentes y, en caso de incluir la dirección de correo electrónico para contacto, que sean las cooperativas y no las personales que tenga el profesorado en el ámbito educativo.
6. Sonia es tutora de 6o A y tiene un blog de clase en el que muestra algunas de las actividades que realiza en clase con su alumnado. ¿Necesita el consentimiento previo de las familias? ¿Por qué?
En el caso de que la imagen incluya datos que permitan la identificación del alumnado, si, se necesita el consentimiento de la familia. Al igual que con los blogs de los centros educativos, se podría publicar la información previa disociación o anonimización de los datos del alumnado de manera que no se les pudiese llegar a identificar.
¿Qué nos ofrece las TIC para comunicarnos con las familias?
Nos ofrece diferentes aplicaciones en las que la comunicación familia-escuela se puede realizar con rapidez, puede ser accesible en cualquier momento accesible y cubre la protección de datos.
En clase hemos visualizado un video a modo de ejemplo de lo que puede ser una web/app para contactar fácilmente con los familiares como la que he introducido a continuación llamada WEB FAMILIA 2.0
Comentarios
Publicar un comentario